El pasado 4 de diciembre de 2020 el Ministerio de Consumo declaró que el plazo máximo para reclamar las cantidades por gastos de constitución de préstamo hipotecario vencía el pasado 21 de enero de 2021. Pero, una sentencia del 23 de marzo de 2021 dictada por el tribunal de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Tenerife dice:
«No concurre inexistencia de objeto ni extinción de la acción de nulidad por la cancelación del préstamo (anticipada o no). Al ser la cláusula discutida nula de pleno derecho, no queda afectada por el hecho de que el contrato se haya extinguido en su totalidad ya que el consumidor tiene acción para reclamar la nulidad de pleno derecho de esa cláusula, acción imprescriptible, y su consecuencia, que es la devolución de las cantidades cobradas en exceso, ya que no es una acción independiente, sino la consecuencia legal de la estimación de la nulidad”.
Este proceso era interpuesto por un préstamo hipotecario del año 2004 y que se hizo una novación en 2005, la entidad bancaria apeló argumentando un error de valoración y una infracción relativa al control transparencia pero el tribunal de apelación concluye que el Banco Popular no demostró que hubiera facilitado «una información previa clara y comprensible sobre el coste comparativo con otras modalidades de préstamo de la propia entidad, en caso de existir, o la advertencia de que al concreto perfil del cliente se ofertan las mismas, no consta simulación previa en relación a los diversos escenarios posibles, relacionados con el comportamiento razonablemente previsible del tipo de interés en el momento de contratar, debiendo concluirse que hay una insuficiencia de la información precontractual sobre la carga que supone la inclusión de la cláusula suelo en la economía del contrato, no siendo el consumidor consciente a la hora de contratar de que difícilmente se beneficiaría de las bajadas de los tipos de interés».
Las cláusulas abusivas más comunes actualmente son:
Cláusula suelo/techo, los gastos hipotecarios, el interés de demora, vencimiento de préstamo anticipado, los gastos de profesionales legales por impago de cuotas.
En resumen, esta sentencia hace cambiar el escenario en las reclamaciones hipotecarias y, a día de hoy, nuestro bufete puede ayudarte con la información necesaria y, si la legislación y las circunstancias con favorables, reclamar tu préstamo hipotecario para que la entidad te devuelva los importes de las cláusulas abusivas y los intereses desde la firma de esta.